Jorge Hoffmann
Noticias

12-06-2013 | 

Identidad de género: El registro automotor admite rectificaciones

La Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor dispuso que a partir de ahora el DNI será “la única documentación requerida cuando se solicite la rectificación de datos en relación con el sexo, cambio de nombre de pila e imagen del o la titular de un dominio”.
Sancionada hace un año, esta norma consagró el derecho humano fundamental de toda persona al reconocimiento de su identidad de género y a ser identificada de ese modo en los instrumentos que acreditan su identidad, sin necesidad de trámite judicial alguno.

Conforme con lo dispuesto por la Ley Nº 26.743 que establece el derecho a la identidad de género de las personas, la única documentación requerida cuando se solicite la rectificación de datos en relación con el sexo, cambio de nombre de pila e imagen del o la titular del dominio, será el Documento Nacional de Identidad, establece ahora el nuevo reglamento en su artículo 4.

Fuente: Argentina.ar
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